Paducah Maritime Attorney | Maritime Lawyer Hopkinsville | Kentucky

Abogado de lesiones laborales marítimas de Paducah

Cómo se aplica la Ley Jones a las lesiones laborales

Si usted es un trabajador del tráfico fluvial, se enfrenta constantemente a peligros mientras trabaja. Estos peligros generalmente incluyen una plataforma resbaladiza, caída de objetos, manejo de maquinaria pesada, clima severo y aguas turbulentas.

Desafortunadamente, si sufrió una lesión en el trabajo, la ley de compensación laboral no se aplica. Más bien, la Ley Jones regirá sus lesiones relacionadas con el trabajo. Nuestro experto abogado marítimo de Kentucky comprende las complejidades de la Ley Jones y está disponible para ayudarlo.

Paducah Maritime Work Injury Attorney

¿Qué es la Ley Jones?

La Ley Jones, también conocida como Ley de la Marina Mercante de 1920, es un estatuto federal, codificado el 6 de octubre de 2006, como 46 USC §30104, que otorga a los marineros estadounidenses que sufrieron una lesión o murieron en el curso de su empleo el derecho de demandar a su empleador por una compensación por negligencia. La Ley Jones requiere que los empleadores marítimos:

  • Proporcionar a los marineros un lugar de trabajo razonablemente seguro; y,
  • Tenga el cuidado habitual dadas las circunstancias para mantener y mantener la embarcación en una condición razonablemente segura.

Para calificar bajo la Ley Jones, primero debe demostrar que es marinero.

“Marineros” Definición

A "marinero” es un tripulante o capitán que:

  • Dedica una cantidad significativa de su tiempo
  • Trabajar en una embarcación que está “en navegación”
  • Y ese trabajo “contribuye al trabajo del barco”.

“Cantidad significativa de tiempo” Requisito

En Chandris, Inc. contra Latsis, La Corte Suprema de los Estados Unidos sostuvo que un trabajador marítimo se considera marinero si dedica al menos 30% de su tiempo al servicio de un buque en aguas navegables. 515 Estados Unidos 347, 371 (1995). Un trabajador marítimo que gasta menos de 30% en un buque en el mar es un empleado en tierra y no un miembro de la tripulación del buque. El empleado marítimo terrestre no tiene derecho a demandar directamente a su empleador en virtud de la Ley Jones, incluso si sufrió una lesión mientras trabajaba en un barco en el mar. Por el contrario, un trabajador marítimo que pasa al menos 30% de su tiempo en un buque en navegación pero que resultó lesionado mientras desempeñaba sus funciones en tierra no pierde su condición de marinero a los efectos de la Ley Jones. Identificación. en 354-64.

“Buque en Navegación” Requisito

Para cumplir con el requisito de “embarcación en navegación”, la embarcación en la que sufrió una lesión debe ser:

  • A flote – no puede anclarse permanentemente al fondo marino.
  • En la operación – no puede ser un buque nuevo que esté siendo sometido a pruebas en el mar para garantizar su operatividad. Ese buque en realidad no se encuentra en operación comercial y, por lo tanto, no se considera un “buque en navegación”.
  • Capaz de moverse – no es necesario que el buque esté en movimiento o en el mar; más bien, debe poder moverse por sus propios medios o navegar. Podría estar atracado o amarrado pero no en dique seco ni fuera del agua.
  • En aguas navegables – el agua debe facilitar el comercio interestatal o exterior. Esto no sólo incluye el océano sino también los ríos y lagos. Incluso los lagos sin salida al mar califican si se extienden a otro estado o se conectan a un río que fluye a través de otro estado o hacia otro estado.

“Contribuye al Trabajo de la Nave” Requisito

Su trabajo “contribuye al trabajo del barco” si su trabajo contribuye al cumplimiento de la misión del barco. Por ejemplo, usted es un empleado marítimo que es el personal administrativo de los propietarios del buque. Buscas transporte en un remolcador para llegar al punto B. El remolcador está remolcando una barcaza desde el punto A al punto B. El mero hecho de que estés en un remolcador no significa que estés ayudando con el transporte de la misión del barco: remolcar el barcaza desde el punto A al punto B. Por lo tanto, la ley no considera que su trabajo contribuya al trabajo del buque.

¿Cómo pruebo la negligencia?

Según la Ley Jones, con la ayuda de un abogado marítimo, usted puede demandar a su empleador marítimo por negligencia. Para recuperar una compensación monetaria por sus lesiones de su empleador, debe demostrar que:

  • El propietario, capitán u otro miembro de la tripulación fue negligente; y,
  • El acto negligente causó su lesión.

Mientras la negligencia de su empleador haya jugado un papel en nuestra lesión, su derecho a demandar a su empleador permanece.

Casi cualquier condición insegura, por pequeña que sea, podría generar responsabilidad para su empleador:

  • Equipos o maquinaria mal mantenidos o reparados
  • Embarcación mal mantenida o reparada
  • No proporcionar a los miembros de la tripulación la formación o el equipo adecuados para realizar sus funciones.
  • Grasa o aceite en la cubierta.
  • Métodos de trabajo inseguros
  • Negligencia o agresión por parte de su compañero de trabajo.

¿A qué compensación tengo derecho?

Según la ley marítima general, sufrir una lesión mientras desempeña sus funciones como trabajador de tráfico fluvial le da derecho a manutención (alojamiento y comida), cura (tratamiento médico) y salarios no ganados sin tener en cuenta la culpa. Un abogado marítimo se asegura de que usted reciba una compensación adecuada.

Según las Leyes Jones, también puede recuperar:

  • Gastos médicos pasados, presentes y futuros
  • Ingresos perdidos pasados y futuros
  • Capacidad de generar ingresos perdida
  • Dolor, sufrimiento y angustia mental pasados, presentes y futuros.
  • Pérdida del disfrute de la vida.

Busque un abogado marítimo con experiencia en Paducah y Hopkinsville

Para recibir los beneficios, debe consultar a un abogado experimentado en lesiones de trabajadores de tránsito fluvial que comprenda las complejidades de la Ley Jones. Nuestros abogados expertos investigarán su reclamo y determinarán:

  • Si califica bajo la Ley Jones
  • Si se realizó una evaluación adecuada de los peligros del trabajo antes de comenzar el trabajo.
  • ¿Qué se implementó, en todo caso, para minimizar el riesgo de lesiones a la tripulación?
  • Adhesión a las políticas de seguridad.
  • Disponibilidad de equipo de seguridad.
  • Si había suficientes miembros de la tripulación

Para obtener ayuda, comuníquese con nuestro tenaz abogado marítimo de Kentucky o con nuestros abogados de lesiones de la Ley Jones en (270) 443-4431.

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